martes, 3 de febrero de 2026

Defensoría de la Niñez advierte a contralora que pedir datos de niños trans vulnera leyes y tratados

 


En un oficio reservado de 21 páginas, la Defensoría de la Niñez, advirtió que —más allá de la potestad fiscalizadora de la Contraloría— existen normas nacionales e internacionales que obligan a la administración del Estado a integrar el bien superior del niño y el respeto al cambio de género. En tanto, la Corte de Apelaciones de Santiago rechazó un recurso de protección interpuesto por la ONG Be Yourself en contra del organismo fiscalizador.

(Extracto de noticia publicada por el programa Informe Especial de TVN)

La Defensoría de la Niñez (DDN) advirtió a la contralora Dorothy Pérez que solicitar al Ministerio de Salud datos sensibles de niños, niñas y adolescentes trans para fiscalizar recursos fiscales, se aparta de las leyes dictadas en Chile, como también de pactos internacionales suscritos por nuestro país.

De acuerdo con los datos obtenidos por Informe Especial, se trata de un oficio reservado enviado al organismo fiscalizador a fines de la semana pasada, donde se realiza —en 21 páginas— un extenso análisis del porqué la decisión de Pérez va en la dirección incorrecta.

En este sentido, la DDN asegura que en el marco normativo vigente en Chile, “que ha de ser estrictamente respetado”, se encuentra la ley que establece el Sistema de Garantías y Protección Integral de los Derechos de la Niñez y Adolescencia, promulgada en 2022.

Y agrega: “Por tanto, toda actuación administrativa que pueda incidir en la vida privada, identidad, dignidad o desarrollo integral de niños, niñas y adolescentes, debe ser ejecutada (...) como principio general y debe ser considerado en todo ámbito, incluyendo las actuaciones administrativas de las autoridades del Estado”.


A renglón seguido, la Defensoría de la Niñez advierte que la solicitud de Pérez al Minsal debe “ponderar no solo su finalidad fiscalizadora, sino que, además, los impactos adversos (...) y eventuales riesgos y el tratamiento de dicha información cuando se trata de grupos de especial protección”.

Si bien la institución reconoce la potestad de la entidad de control para revisar el correcto uso de los fondos públicos, indica que al “formar parte del aparataje del Estado, (...) debe incorporar en su actuar y en el ejercicio de su potestad fiscalizadora, el enfoque de derechos y principio de interés superior de niños, niñas y adolescentes”.